
Esta mujer, cuyo recurso de casación rechaza íntegramente el Alto Tribunal, deberá indemnizar al Servicio Aragonés de Salud con 8.473 euros por gastos derivados del delito, y a cinco pacientes en cantidades que oscilan entre los 150 y los 1.210 euros, por daños morales.
"Maldad extrema"
El Alto Tribunal destaca que el TSJ de Aragón respetó "escrupulosamente las pruebas" y descarta que "las plurales coincidencias que confluyen señalando unívocamente a la recurrente sean fruto de una casualidad o de una confabulación tramada, sin motivo aparente alguno, por algunos de sus colegas". Además, añade que "los indicios, conectados entre sí, son concluyentes".Asimismo, el Tribunal Supremo destaca que la Audiencia de Zaragoza argumentó motivadamente la imposición de la pena máxima (dos años de prisión) prevista para el delito de riesgo. Así, recuerda el argumento de dicha Audiencia: "no se considera procedente otra pena inferior en extensión en atención a la extraordinaria gravedad objetiva de los hechos y la maldad extrema puesta de manifiesto por la acusada, que, con su actuación, puso en riesgo de contagio de tuberculosis a las personas que desarrollaban su trabajo en la Sección de Micobacterias y quebrantó las normas más elementales de ética y deontología profesional en un ámbito tan esencial como la Sanidad Pública".