La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad ha preparado un documento ('Intervención sanitaria en situaciones de riesgo para la salud pública), que se presenta este miércoles al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), en el que, entre otras consideraciones, se expone que la prestación sanitaria en tales casos 'conllevará facturación al usuario'.
En el documento (que se adjunta), se hace referencia a la legislación nacional e internacional en relación con la atención sanitaria a personas con procesos que puedan generar riesgos ciertos para la salud pública, por lo que el documento enmarca estas situaciones que han de ser atendidas por interés de la salud pública. Se señala como ámbito de aplicación las situaciones que supongan un riesgo para la salud pública en base a la probabilidad de que se produzca un evento que pueda afectar adversamente a la salud de la población, considerando la posibilidad de que se propague a nivel nacional o internacional, o que pueda suponer un peligro grave y directo para la salud pública. Y, asimismo, se determina como tal ámbito de aplicación el siguiente: 'Personas que no ostenten la condición de asegurado o beneficiario en base al RD 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones'.
Y después de determinar las situaciones que supone un riesgo para la salud pública, se determina la prestación sanitaria en los siguientes términos:
- La prestación sanitaria incluye las acciones preventivas, asistenciales, de seguimiento y de control, dirigidas a preservar y, en caso necesario, a recuperar la salud pública de la población.
- La prestación sanitaria se dará hasta el alta médica del proceso en curso que haya supuesto un riesgo para la salud pública.
- La prestación sanitaria se ofrecerá preferiblemente en atención primaria e incluirá acciones preventivas, diagnósticas, terapéuticas y de control del problema en curso, incluidas interconsultas al segundo nivel asistencial.
- La prestación sanitaria conllevará facturación al usuario y, en su caso: - se imputará a cargo de los convenios especiales que puedan ser formalizados por las CCAA; o -será remitida a través del órgano competente, a su país de origen, en virtud de los convenios bilaterales de Seguridad Social suscritos por España.
- La medicación necesaria para el tratamiento de estas enfermedades, en caso de que demuestre la no disponibilidad de recursos, se contemplará como “campaña sanitaria” y se entregará en el dispositivo habilitado al efecto en elservicio de salud.
Intervencion sanitaria situaciones riego SP nov 2013-1
Los 'sinpapeles' deberán pagar la asistencia
Incluso en situaciones de riesgo para la salud pública
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