Respecto a las circunstancias en las que se da este tipo de consumo, la OMC considera que "es un agravio y una forma de maltrato hacia los menores y, en definitiva, atenta contra su salud”. Por este motivo, la organización médica insta al Gobierno a una regulación estricta en este ámbito.
En este contexto, el CNPT, órgano del que es miembro la OMC, solicita que la modificación de la ley 28/2005 no se limite a una mera adaptación de la normativa europea sino que "se abra a un escenario de mejoras en la prevención y control del tabaquismo en nuestro país, favoreciendo rigurosamente la regulación de espacios libres de humo".
Modificación del artículo 7
En concreto, el Comité pide rectificar el artículo 7 de la actual Ley del Tabaco y que se incorpore un apartado que estipule con concisión “la prohibición de fumar en el interior de los vehículos privados, especialmente en presencia de menores y de embarazadas”.Otra de las medidas que defiende el CNPT es la equiparación de los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina, como cigarrillos electrónicos, y los productos de tabaco a efectos de su uso en espacios públicos, incluidas aquellas zonas cerradas destinadas al ocio.