Dimes y diretes

El Supremo confirma pena de prisión a una exjefa de la Consejería de Sanidad de Madrid por falsedad en documento oficial

Guardar

Tribunal Supremo
Tribunal Supremo

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 19 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a Beatriz G.M., exjefa de área de Asuntos Generales de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por delito de falsedad en documento oficial para hacer pasar unas obras como contrato menor (por importe inferior a 50.000 euros) cuando no lo eran, eludiendo así la licitación y permitiendo la adjudicación directa. La sentencia recuerda su jurisprudencia contra la "burda artimaña" de fraccionar por resoluciones administrativas las contrataciones para burlar los controles "a la voluntad de quien domina el procedimiento". También, se ratificó la condena de cuatro meses de prisión al representante de la empresa de rehabilitaciones a quien se adjudicó la obra, en su caso, por delito de falsedad cometido por particular. En ambos casos, se aplicó la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La sentencia recurrida condenó a los dos acusados por un delito de falsedad en documento oficial (cometido por funcionario y por particular, respectivamente), en esencia porque Beatriz G.M. acordó con Joaquín Federico S.G., representante de Bárcenas Rehabilitación SL, que había presentado un proyecto ascendente a 75.221,77 euros más IVA, que se le adjudicaría la realización de unas obras de rehabilitación y acondicionamiento en un edificio en Ronda de Segovia, fraccionando la facturación para que se considerara como un contrato de obra menor, es decir, aparentando que no excedía de 50.000 euros. El Supremo, al rechazar los recursos de los acusados, resalta en su sentencia que "el hecho de que un funcionario público firme un certificado de conformidad con una factura que sabe que es falsa porque no se corresponde con obra alguna posibilitando el pago de la misma, no puede decirse que sea una conducta inocua, sino que afecta gravemente al bien jurídico protegido por el tipo penal aplicado".