El citado colectivo asegura entender que la normativa de visado de medicamentos que restringe la prescripción según especialidad médica, excluyendo de esta prescripción a los médicos de Atención Primaria, en lugar de visar el medicamento atendiendo a los condicionantes clínicos concretos del paciente, colisiona con la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios que reconoce el derecho de todos los ciudadanos a obtener medicamentos en condiciones de igualdad en todo el Sistema Nacional de Salud.
Patologías prevalentes
Los citados médicos señalan que asumen la existencia de un nivel de control especial mediante visado en ciertos medicamentos -por sus características farmacológicas especiales; por motivos de salud pública; porque sólo pueden seguirse en medio hospitalario, etc.-, pero, subrayan, la competencia en la prescripción de fármacos indicados en patologías prevalentes, cuyo control evolutivo corresponde al médico de Familia y donde éste ha venido demostrando un alto nivel de capacitación, debe estar garantizada para los médicos de Atención Primaria.Los médicos del primer nivel asistencial recuerdan en el comunicado, que uno de los principios rectores de la “Estrategia para el Abordaje de la Cronicidad en el Sistema Nacional de Salud” es que la Atención Primaria ejerza el papel de eje central de la atención al paciente crónico. En concreto, en el objetivo 13 se marca “optimizar la terapia farmacológica en los pacientes con tratamientos crónicos, con especial atención a los pacientes polimedicados”, y para ello recomienda “establecer una política de prescripción de medicamentos con objetivos comunes entre los distintos niveles de atención sanitaria”.