GSK Protegiendo juntos Murcia
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GSK organiza una reunión con sanitarios sobre aspectos legales de la prescripción de vacunas

Consideran que la receta médica es una garantía de seguridad

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La compañía farmacéutica GSK ha organizado, junto a la Asociación de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria de la Región de Murcia (APERMAP), una reunión entre profesionales de Pediatría y Enfermería para exponer su punto de vista sobre los aspectos legales que rodean a la prescripción de vacunas, sobre todo aquellas que no están incluidas en el calendario vacunal.

Javier Moreno, Rita Martínez y Antonio Iofrío

Esta jornada permitió reunir a más de 140 profesionales sanitarios relacionados con la vacunación infantil y poner de manifiesto su papel a la hora de informar a las familias. En ella intervinieron como ponentes el presidente de la Asociación de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria de la Región de Murcia (APERMAP), el doctor Antonio Iofrío de Arce; Rita Martínez Torres, especialista en Enfermería Pediátrica del Centro de Salud de San Pedro del Pinatar (Murcia); y el abogado Javier Moreno Alemán, especialista en Derecho Sanitario y consultor del Comité Asesor de Vacunas de la Asociación Española de Pediatría (AEP).

Un punto especialmente importante es el caso de las vacunas no financiadas, en las que es preciso informar de los posibles riesgos graves e infrecuentes, no sólo de las pequeñas molestias y efectos secundarios menores que pueden provocar, se detalló en el encuentro organizado por la farmacéutica.

"Son muchas y variadas la dudas que tiene los padres en relación con la vacunación de sus hijos, entre las más habituales, la eficacia de éstas y, en segundo lugar, la preocupación de las reacciones y efectos secundarios. Es en momentos como estos me doy cuenta de la importancia que tiene la educación para la salud desde todos los ámbitos”, señaló Rita Martínez Torres.



Dudas legales sobre vacunación

El doctor Antonio Iofrío, por su parte, añadió además que las dudas legales más habituales en las consultas se refieren a la obligatoriedad de las vacunas y a la administración de vacunas fuera de calendario (no financiadas) por parte del personal de Enfermería.

“Los padres disponen de la información sobre la existencia de vacunas no financiadas en la mayoría de los casos. Dicha información se suele suministrar en la primera visita que realizan al centro de salud, aunque otras muchas veces la información de vacunas no financiadas se comenta entre familiares y amigos o medios de comunicación”, agregó la especialista en Enfermería pediátrica.

En este sentido, Javier Moreno aclaró que, aunque la normativa en materia de receta médica no distingue entre vacunas financiadas y no financiadas, las últimas recomendaciones del Ministerio de Sanidad se orientan a que las vacunas de calendario no precisan receta médica, “porque no se requiere un diagnóstico previo y cuentan con una indicación previa de la autoridad sanitaria”. En cambio, en vacunas no financiadas, no hay dudas de que la prescripción médica por denominación comercial es inexcusable, algo que "no se está haciendo así en todos los casos, y en algunas ocasiones se sustituye la receta por una hoja de recomendaciones para los padres”, explicó.



No existe intercambiabilidad

En este sentido, el consultor de la AEP recordó que “las vacunas son medicamentos biológicos (como las insulinas, hemoderivados u otros tratamientos biotecnológicos)", y como tales no es posible su intercambiabilidad por otro producto, “es decir, su sustitución en el momento de la dispensación sin autorización expresa del médico prescriptor”.

Una idea en la que coincidió otro de los ponentes, el doctor Antonio Iofrío, al afirmar que "cuando hay dos o más vacunas contra la misma enfermedad inmunoprevenible, en general no deben ser intercambiables, es decir, se debe terminar la pauta de vacunación con el mismo preparado (marca de la vacuna) con el que se empezó”.

“La receta médica de la vacuna es el instrumento idóneo para mejorar la seguridad del niño y vincula al resto de los profesionales de esta cadena: el farmacéutico, que no puede sustituir la prescripción sin el concurso del médico por tratarse de un medicamento biológico; y Enfermería, que tiene la obligación de administrar la vacuna prescrita por el médico, como medio de garantizar la instauración del tratamiento prescrito”, concluyó Moreno en el encuentro de GSK.