La delegación de Castilla La-Mancha de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM-CLM) se ha hecho eco de una sentencia, en un caso encabezado por sus Servicios Jurídicos, que concede el pago del prorrateo de guardias durante la baja por embarazo, baja maternal y lactancia, en esta ocasión en Albacete.
"La primera sentencia que ganó este sindicato fue de fecha 8 de noviembre de 2018 dictada por el juzgado de los Contencioso-Administrativo nº 1 de Ciudad Real, posteriormente confirmada mediante otras de fechas 11 de enero, 12 de febrero, 15 de mayo, etc, de 2019, siendo la última sentencia estimatoria obtenida de fecha 25 de junio de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Albacete", explica CESM Castilla-La Mancha.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Castilla-La Mancha acogió todos los argumentos esgrimidos por los Servicios Jurídicos de este sindicato, decretando que la negativa al pago del complemento de atención continuada a las embarazadas "constituye una discriminación directa por razón de sexo", actitud que contradice lo ordenado por la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
La sentencia condena al Servicio de Salud de esta comunidad autónoma (SESCAM) al pago a la facultativa del complemento de atención continuada los meses en los que se encontraban en situación de Incapacidad Temporal, al ser la misma debida al embarazo, de baja maternal, de período de lactancia; y vacaciones disfrutadas, para lo cual indica se deben tomar como referencia "los tres meses anteriores en los que efectivamente se realizaron las guardias".
Una nueva sentencia concede el pago del prorrateo de guardias durante la baja por embarazo
Según recoge CESM Castilla-La Mancha
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