La Asociación de Médicos y Titulados Superiores (Amyts) ha comunicado que el Tribunal Supremo ha fallado a favor de un facultativo con contrato sustituto al que se le había negado participar en el proceso de Carrera Profesional, reconociendo, así, el derecho del personal no fijo a tener acceso a la Carrera Profesional.
En esta sentencia del citado afiliado a dicha organización sindical de ámbito autonómico se reconoce "el derecho a que se le evalúe y a que el resultado de esa evaluación, de ser favorable, surta efectos desde que se produjeron para los evaluados en su momento".
Así, se trata de una nueva sentencia del Tribunal Supremo que, incluso, anula la decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de negarle la Carrera Profesional a este facultativo sustituto.
Sustituciones prolongadas
De hecho, Amyts destaca que, en este fallo, se puede leer un matiz sobre el uso actual del personal estatutario sustituto: "está pensado para suplir a quienes se hallan de vacaciones, de permiso o en alguna situación de ausencia con reserva de plaza. El precepto contempla ciertamente una contribución temporal, no permanente".
"No obstante, la realidad muestra que esta figura puede entrañar sustituciones prolongadas. Así, nos encontramos con que, del mismo modo que se ha forjado la expresión 'interinos de larga duración', de la que nos hemos hecho eco en sentencias precedentes, cabe hablar de 'sustitutos de larga duración'", recoge esta sentencia.
"Es más, en el escrito se puede leer cómo hasta la propia Comunidad de Madrid no ha negado que el recurrente (médico sustituto) realiza el mismo trabajo que el resto del personal estatutario de su categoría y especialidad", argumentan desde este sindicato.