El TSJ de Navarra deniega la suspensión del decreto de Salud Sexual solicitada por el Gobierno

Alude al derecho de los residentes en Navarra a recibir atención sanitaria

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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dictado un auto por el que deniega la suspensión cautelar del artículo 2b del Decreto Foral sobre Salud Sexual y Reproductiva, que alude al derecho de los residentes en Navarra excluidos del Sistema Nacional de Salud a la prestación sanitaria gratuita, que había solicitado el Gobierno de España.

10 GOB. NAVARRA IM-1Dicha suspensión había sido solicitada mediante recurso contencioso administrativo por la Abogacía General del Estado, entre otros motivos, por los "graves perjuicios que conllevaría para el Sistema Nacional de Salud" y por "el incremento de gasto sustancial, contrario a la sostenibilidad del mismo".

Según informa el Gobierno de Navarra, "en el auto de denegación de la suspensión, el tribunal, haciéndose eco de lo ya manifestado por el Tribunal Constitucional en abril de 2014, señala que no están demostrados o razonados dichos perjuicios, ya que no se han aportado datos que avalen dicha afirmación, y que, en todo caso, la prestación sanitaria se hará con cargo a los presupuestos generales de Navarra".

El ejecutivo de la comunidad foral describe que el auto alude, además, "al derecho a la salud y al derecho a la integridad física de las personas afectadas por las medidas impugnadas y a la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad, en línea con el citado pronunciamiento anterior del Tribunal Constitucional denegando asimismo la suspensión de la Ley Foral antes mencionada, sobre la que se interpuso recurso de inconstitucionalidad".