
Según informa el Gobierno de Navarra, "en el auto de denegación de la suspensión, el tribunal, haciéndose eco de lo ya manifestado por el Tribunal Constitucional en abril de 2014, señala que no están demostrados o razonados dichos perjuicios, ya que no se han aportado datos que avalen dicha afirmación, y que, en todo caso, la prestación sanitaria se hará con cargo a los presupuestos generales de Navarra".
El ejecutivo de la comunidad foral describe que el auto alude, además, "al derecho a la salud y al derecho a la integridad física de las personas afectadas por las medidas impugnadas y a la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad, en línea con el citado pronunciamiento anterior del Tribunal Constitucional denegando asimismo la suspensión de la Ley Foral antes mencionada, sobre la que se interpuso recurso de inconstitucionalidad".