
La compañía recurrente se dedica, precisamente, a la producción, venta, distribución, representación y comercialización de productos fitosanitarios, productos destinados a la alimentación animal y otros productos químicos. En particular, importa en España una sustancia química activa, el metalaxil, y comercializa en varios Estados miembro de la Unión Europea productos fitosanitarios que la contienen.
En 2003, la Comisión Europea decidió retirar las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contuvieran esta sustancia, y denegó la solicitud de su inclusión en la lista de sustancias activas que figuran en la Directiva Europea, instando a los Estados miembro a retirar las autorizaciones concedidas a productos fitosanitarios con metalaxil, y a no conceder nuevas autorizaciones.
Sustancias candidatas a la sustitución
Industrias Químicas del Vallés interpuso entonces un recurso de anulación contra esta decisión, que el Tribunal General desestimó. Sin embargo, aquel fallo fue anulado por el Tribunal de Justicia, y a raíz del mismo, la Comisión adoptó una nueva Directiva, a fin de incluir en ella el metalaxil. Aunque esta norma fue finalmente derogada, las sustancias activas que figuraban en ella se consideraban, en lo sucesivo, aprobadas.Sin embargo, en 2015, la Comisión adoptó un Reglamento de Ejecución en aplicación del Reglamento relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, que establece que la Comisión elaborará una lista de sustancias que cumplan los criterios para ser consideradas "candidatas a la sustitución", y en la que se incluía el metalaxil. Industrias Químicas del Vallés interpuso entonces un recurso en el que solicitaba la anulación parcial del Reglamento de la Comisión, pretensión que fue desestimada por el Tribunal General.
Ahora, tras presentar la empresa española un nuevo recurso ante dicho auto del Tribunal General, el Abogado General Wathelet, en sus conclusiones, propone al Tribunal de Justicia que resuelva decidiendo anular el auto del Tribunal General, declarar la admisibilidad del recurso de anulación interpuesto por Industrias Químicas del Vallés contra el Reglamento de Ejecución y devolver el asunto al Tribunal General para que resuelva sobre el fondo.