El Consejo General de Dentistas se ha hecho eco, a través del Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Cataluña (COEC), de una sentencia, del juzgado de lo penal número 3 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), por la que se condenó, a cinco meses y medio de prisión, a un protésico dental por cometer un delito de intrusismo profesional.
Según expone esta corporación sanitaria de ámbito nacional, el COEC actuó "como acusación particular" en este caso, en el que el condenado ejercía "de odontólogo sin poseer el título académico necesario, lo que constituye un delito de intrusismo profesional, recogido en el artículo 403 del Código Penal".
"De esta manera, ha quedado probado que el condenado diagnosticó y trató a pacientes sin tener conocimientos, lo que ha provocado graves consecuencias contra la salud de las personas que demandaban sus servicios", continúa el Consejo General de Dentistas, que añade que la citada instancia judicial, "tras considerar los testimonios de todas las partes implicadas", impuso "una multa de 2.148 euros".
Delito de lesiones imprudentes
"Además, la jueza dictaminó que el acusado también cometió un delito de lesiones imprudentes y deberá indemnizar a un paciente con 85.618,76 euros", prosigue esta institución colegial, cuyo presidente, el doctor Óscar Castro, felicita a los servicios jurídicos del COEC y asegura que seguirán "denunciando el intrusismo profesional".
Según Óscar Castro, es necesario continuar en esta senda "tanto para defender la Odontología como para proteger la salud de los ciudadanos". A estos últimos, recomienda informarse previamente sobre el profesional que les va a tratar para evitar posibles riesgos. "Si tienen la más mínima duda al respecto, pueden consultar en el Colegio de Dentistas de su provincia", finaliza.