El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana, ha pedido que el decreto que regulará la libre elección en Primaria y Especializada considere a las enfermeras como profesionales en vez de como personal; de esta forma, asegura el Consejo, se utilizaría una expresión más correcta legalmente y se haría referencia a las enfermeras del mismo modo que a los médicos.

Ante la propuesta de regulación de la libre elección de enfermero en el Sistema Valenciano de Salud, el CECOVA valoró de manera positiva esta iniciativa que incentiva la participación de usuarios y pacientes en la atención sanitaria, y reclamó que en el articulado del decreto regulador se utilice, tal y como establece la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), la denominación de “profesional de Enfermería” o, simplemente, “enfermero/a”, en vez de la de “personal de Enfermería”.
Por ello, el CECOVA alega que “desde nuestro punto de vista es censurable que para un colectivo se siga la denominación más acorde legalmente, contenida fundamentalmente en la LOPS, y que sin embargo a la hora de trasladarlo al resto de colectivos no se haga de la misma forma. Si las profesiones sanitarias tituladas son las contempladas en la Ley 44/2003, y el tratamiento debe ser siempre el de profesionales sanitarios como indica la LOPS, poco cuesta ser más concreto y conforme a dicha norma, y en lugar de hablar de “personal de enfermería” utilizar, de una vez por todas, profesional de Enfermería”.